¿Puede una empresa solicitar la vacunación como requisito de entrada?
El Bar QCOSTARICA de Cartago es una de las primeras empresas en restringir el acceso a clientes no vacunados, en ambas dosis, contra la enfermedad covid-19. Para participar, los clientes deben presentar su cartilla de vacunación.
Esta medida ha provocado reacciones positivas y negativas. Algunos lo ven como una excelente medida para fomentar la vacunación, pero otros afirman que es ilegal.
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Cámara Costarricense de Restaurantes (Cacore), la Cámara Costarricense de Restaurantes, dice que a pesar del derecho de los dueños de restaurantes a reservar el acceso, la medida iría en contra de la reactivación económica del sector más golpeado por la pandemia. .
El director general de Cacore, Jorge Figueroa, dijo que exigir la vacunación obligatoria para iniciar un negocio solo reduciría la cantidad de clientes cuando las ventas apenas comienzan.
“Imagínese que aparecen cinco personas y una de ellas no ha sido vacunada. ¿Qué les decimos que no pueden entrar?” Expresó.
El presidente de Cacore aclaró que no se oponen a las vacunas y que todas las instituciones pueden aplicar la medida de forma voluntaria.
Luego de conocer la medida tomada en el Colegio de Abogados de Cartago, la Cámara de Comercio de Costa Rica aseguró que aún no recomendaban ninguna medida especial a sus socios.
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Sin embargo, Julio Castilla, presidente de la organización, estuvo totalmente de acuerdo con la decisión de la Comisión de Vacunación sobre la obligatoriedad de la vacuna.
Para organizaciones como Cacore y la Cámara de Comercio, la cartilla de vacunación emitida por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) al momento de la vacunación es de fácil falsificación y actualmente no existe ningún mecanismo para verificar la vacunación que no sea el certificado de vacunación emitido. Ministerio de Salud y demora de 8 a 10 días en obtenerse.
La acción del dueño del bar Cartagón y posiblemente otros que aún no conocemos se produce después de que el gobierno insinuó que exigir un certificado de vacunación puede ser una condición para las empresas.
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Parte del problema es que actualmente se está aplicando la medida por lo que las tasas de vacunación siguen siendo bajas, un 67,2% de la población. (81,1% del grupo objetivo) fue al menos una dosis y 44,4% en las otras dosis (53,6% de la población diana) ambas dosis, de acuerdo a reporte Octubre, Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
Cacore considera necesario llegar al menos al 85% de la población vacunada con ambas dosis antes de que se aplique la medida.
La pregunta hasta ahora es si es legal que un empresario, es decir, minorista, oficina, restaurante, bar, etc., requiera la vacunación.
Lo dice el abogado constitucionalista Fabián Volio, explicando que si bien el titular siempre tiene derecho, en este caso existe una legislación que permite la vacunación obligatoria por regla general, haciendo referencia a los artículos de la Constitución, el Código Civil, la Ley General de Vacunas y la Ley General de Salud. .
Leer más: El Tribunal Constitucional ratifica la constitución de la vacunación obligatoria
“Debido a que existe una legislación que hace que la vacuna sea obligatoria, el gobierno puede exigirla, y ese es uno de los pocos casos en los que acepto una restricción a los derechos de las personas. El dueño puede decidir si cuida a una persona que no ha sido vacunada porque aumenta el riesgo de contagio ”, explicó.
En otra entrevista con Telenoticias, otro abogado constitucionalista, Rubén Hernández, aseguró que no hay problemas para restringir el ingreso de personas no vacunadas, ya que son locales privados y sus dueños tienen derecho a reservar el ingreso.
“Se llama derecho de reunión para acceder a lugares privados, artículo 26 de la Constitución Política. El organizador de la reunión, en este caso el dueño del local, es el redactor de las bases de ingreso”, explicó.
El problema es con los servicios públicos o los servicios públicos que brindan las empresas privadas, como abordar un autobús.
“En ese caso, debe haber una ley que lo permita, porque en términos de servicio público, todos los usuarios deben ser tratados por igual”, agregó Hernández.
Angie Portela, abogada y abogada de Apriori, afirmó que, por el momento, la aplicación de esta medida restrictiva no conlleva sanción alguna.
La admisión, por supuesto, no se puede negar por razones contrarias a la dignidad humana (raza, género, religión, condición social, etc.).
“La Sala Constitucional ha dicho en repetidas ocasiones que las instituciones tienen derecho a hacerlo (reserva de admisión) siempre que no vaya en contra de la dignidad humana y se mantenga el criterio objetivo”, dijo Portela.
Si alguien no acepta la decisión, puede apelar ante el Tribunal Constitucional o la Sala IV, como es sabido, para su amparo.
Y se trataba solo de un caso en el que Caja había exigido la vacunación de varios trabajadores sanitarios y que interpusieron una denuncia ante la Sala IV, ante lo que el tribunal dictaminó la semana pasada que las denuncias eran infundadas, abriendo una decisión del Gobierno de poner a disposición de todos la vacunación obligatoria. empleados estatales.
En el sector privado, el gobierno dijo que los empleadores tienen la opción de aplicar vacunas obligatorias a sus empleados.
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